La Universidad Ana G. Méndez en sus recintos principales cuenta con Oficiales de Manejo y Prevención en Incumplimiento de Préstamo. El Departamento de Educación Federal mensualmente identifica los estudiantes que están en incumplimiento de pago y les ofrece la información a las instituciones. El Oficial de Manejo y Prevención asiste al estudiante una vez se retira de la institución, disminuye su carga académica a menor de medio tiempo u obtiene una separación de estudios universitarios. El oficial tiene como propósito orientar a los estudiantes en relación con las alternativas disponibles para mantener el pago de los préstamos estudiantiles al día. A estos efectos, el Oficial provee una variedad de servicios dirigidos a orientar a la población estudiantil sobre temas tales como:
•    Derechos y responsabilidades del prestatario 
(https://studentaid.gov/entrance-counseling/)

•    Agencias de servicio para el manejo de préstamos estudiantiles
(https://studentaid.gov/es/manage-loans/repayment/servicers)

•    Planes de pago establecidos por el Departamento de Educación Federal y sus agencias de servicio 
(https://studentaid.gov/es/manage-loans/repayment/plans)

•    Consolidación de préstamos estudiantiles 
(https://studentaid.gov/loan-consolidation/)

•    Aplazamientos de pago y/o suspensión temporal de cobro disponibles (sólo en inglés)
(https://studentaid.gov/manage-loans/lower-payments/get-temporary-relief)

•    Condonación (cancelación) de préstamos estudiantiles
(https://studentaid.gov/es/manage-loans/forgiveness-cancellation)

•    Exceso de limites disponibles para préstamos estudiantiles o “Overpayments” (sólo en inglés)
(https://studentaid.gov/help-center/answers/article/what-is-overpayment-and-what-should-i-do-if-informed-of-overpayment)

•    Consecuencias del atraso e incumplimiento de pago de sus préstamos estudiantiles 
(https://studentaid.gov/es/manage-loans/default)

Overpayment
Un exceso de pago que ocurre cuando un estudiante excede inadvertidamente los límites máximos de préstamo estudiantil, ya sea a nivel subgraduado o graduado.

Estudiantes con préstamos desembolsados previo al 1 de julio de 2026 matriculados y que estarán continuando estudios en la institución bajo el mismo programa y nivel académico se le aplicarán los límites de la excepción provisional establecidos en la Ley One Big Beautiful Bill Act.

La excepción provisional permite a ciertos estudiantes continuar bajo las reglas anteriores, por lo cual el estudiante debe permanecer matriculado bajo mismo programa académico antes del 1 de julio de 2026, haber recibido un desembolso de préstamo estudiantil y debe prevalecer con este estatus por lo menos tres años o hasta completar el programa académico. El estudiante podrá perder la excepción si: se cambia de programa, realiza una baja total o completa el programa académico.

Máximos de Préstamos Estudiantiles (Pre - OBBBA)

Nivel Subgraduado

*Dependientes*

Hasta $31,000.00 en préstamo.  Sólo $23,000.00 podrán ser con subsidio.

Nivel Subgraduado

*Independientes*

Hasta $57,500.00 en préstamo. Sólo $23,000.00 podrán ser con subsidio.
Nivel Graduado *Independientes*Hasta $138,500.00 en préstamo. (Incluyendo préstamos subgraduados)

Estudiantes con préstamos desembolsados después del 1 de julio de 2026 que sean de nuevo ingreso, readmisión, transferencia o hayan tenido un cambio de nivel académico se le aplicará los nuevos límites conforme a la Ley One Big Beautiful Bill Act:

Máximos de Préstamos Estudiantiles (Post - OBBBA)

Nivel Subgraduado

*Dependientes*

Hasta $31,000.00 en préstamo.  Sólo $23,000.00 podrán ser con subsidio.

Nivel Subgraduado

*Independientes*

Hasta $57,500.00 en préstamo. Sólo $23,000.00 podrán ser con subsidio.
Nivel Graduado *Independientes*Hasta $100,000.00 en préstamo.

Nivel Profesional

 *Independientes*

Hasta $200,000.00 en préstamo.

Opciones para resolver el Overpayment:

  • Solicitar un Reaffirmation Agreement (acuerdo de reafirmación) con la Agencia de Servicio en donde tiene el exceso de pago y le solicita pagar el exceso una vez finalice estudios y sus préstamos entren en repago.
  • Si no está estudiando y está en REPAGO de préstamo puede consolidar los préstamos en exceso accediendo a la página https://studentaid.gov/loan-consolidation/  y siguiendo las instrucciones para completar la solicitud.
  • Saldo de la cantidad que ocasiona el exceso de pago Overpayment directamente a la Agencia de Servicio donde se encuentra el préstamo.

Nota: Una vez resuelto el exceso de pago, debe presentar la evidencia de resolución satisfactoria con la agencia de servicio en la oficina de Asistencia Económica. 

Desfalco

Una vez que se omite un pago de préstamo estudiantil, el préstamo se considera en delincuencia. Su préstamo estudiantil permanecerá en este estado hasta que pague el monto vencido o haga arreglos, como cambiar el plan de pago o solicitar un aplazamiento o prórroga. Si la delincuencia continúa más de 90 días, la agencia de servicio reportará el atraso a las agencias de crédito, lo que afecta negativamente su puntaje crediticio. Si la delincuencia en préstamos continúa puede llevar a un incumplimiento, con graves consecuencias.

Se considera que ha incurrido en incumplimiento de pago si no realiza los pagos programados del préstamo durante un período de al menos 270 días. De llegar a los 360 días sin cumplir con los pagos a sus préstamos estudiantiles, sus préstamos estudiantiles serán trasladados a una agencia de cobro. Debe tomar acción inmediata comunicándose con su agencia de servicio para evitar consecuencias adversas que resulten en la pérdida de sus derechos por incumplimiento. 

Consecuencias de Incumplir con un Préstamo Estudiantil

Incumplir con un préstamo estudiantil puede resultar en graves consecuencias legales y financieras que incluyen:

  • Retención de Impuestos y Beneficios Federales: La devolución de fondos por radicación de planilla u otros beneficios federales pueden ser retenidos y aplicados al pago de su préstamo en incumplimiento.
  • Embargo de Salarios, propiedades y seguro social: Su empleador puede ser obligado a retener parte de su salario para pagar el préstamo.
  • Pérdida de Beneficios: Pierdes la elegibilidad para aplazamiento, prórrogas y opciones de planes de pago.
  • Pérdida de elegibilidad para Ayuda Federal: No podrá recibir ayuda federal, como beca Pell, préstamos estudiantiles y otros fondos de Titulo IV.
  • Efecto adverso en el historial de crédito: Su calificación crediticia se verá afectada por un mínimo de 7 años, lo que dificultará obtener préstamos, tarjetas de crédito o comprar propiedades.
  • Demanda en una corte federal: El Departamento de Educación Federal puede llevarlo a juicio, con costos adicionales como honorarios de abogados y gastos judiciales.
  • Pérdida de licencia de empleo en ciertos estados: No tendrá elegibilidad para adquirir empleo bajo agencias de gobierno federal o ciertos empleos debido al incumplimiento registrado.
  • Entre otros...

Si se encuentra en Incumplimiento debe comunicarse con el Departamento de Educación Federal y las opciones para resolver el incumplimiento son las siguientes:

  • Pagar el préstamo en su totalidad: Si usted selecciona esta opción podría recibir un descuento del balance total de su préstamo.  La misma removerá el indicador de desfalco de su préstamo en menos tiempo.
  • Rehabilitar su préstamo(s): Para ser elegible a esta opción debe tener un mínimo de $500.00 dólares de balance del préstamo.  Usted deberá completar un plan voluntario, consecutivo y satisfactorio de pagos de aproximadamente nueve meses.  No obstante, una vez haya efectuado el sexto pago podrá ser elegible a recibir ayudas económicas para estudios nuevamente. Deberá continuar efectuando los pagos satisfactoriamente para no perder la elegibilidad. Esta opción es la única que remueve de su historial crediticio la anotación negativa del préstamo lanzado a pérdida.  
  • Consolidar su préstamo(s): Esta opción combina varios préstamos incluyendo los préstamos en desfalco “default” en un solo préstamo.  Este proceso deberá tramitarlo por medio de la página de StudentAid (https://studentaid.gov/loan-consolidation/) o mediante solicitud manual. La solicitud se tramitará aproximadamente de 60 a 90 días laborables.

Para información adicional referente a las alternativas de solución sobre el incumplimiento, debe acceder a las siguientes direcciones:

Diferimientos y Prorrogas

El Departamento de Educación Federal ofrece alternativas para colocar una suspensión temporera en el pago de sus préstamos estudiantiles por medio de diferimiento o prorroga; de tal forma evitando el potencial de un atraso durante el repago de su préstamo estudiantil. No efectuar pagos a su préstamo estudiantil por más de 270 días traerá consigo consecuencias negativas que van desde tener su crédito afectado a embargos a su salario, entre otros; por eso es importante que solicite una prórroga con su Agencia de Servicio de no poder realizar pagos en el momento.

Diferimientos

El aplazamiento o diferimiento es la posposición temporera por un tiempo específico y limitado. El prestatario no está obligado a hacer pagos por concepto de la deuda del préstamo. El período de diferimiento no acumula intereses en la porción subsidiada, no aplica a la porción sin subsidio (continúa acumulando intereses). 

Si confronta dificultad en efectuar los pagos de su préstamo estudiantil puede solicitar un diferimiento directamente con su agencia de servicios. Las mismas pueden ser otorgadas por intervalos de 6 a 12 meses, hasta un máximo de 3 años. Para información adicional, acceda a: https://studentaid.gov/manage-loans/lower-payments/get-temporary-relief/deferment (sólo en inglés).

Razones por los cuales puedes pedir un diferimiento:

  • Continúa estudiando
  • Está incapacitado temporalmente
  • Sirve en las fuerzas armadas de Estados Unidos
  • Enfrenta dificultades económicas

Prórrogas

El periodo de indulgencia o prórroga le permite posponer temporalmente los pagos del préstamo por un tiempo específico y limitado de usted no poder realizar los pagos o no poder reunir los requisitos para un aplazamiento. Los intereses seguirán acumulándose y será responsabilidad del prestatario realizar el pago de estos. 

La indulgencia debe ser solicitada directamente a la Agencia de Servicio. Pueden ser otorgadas por en intervalos de 6 a 12 meses, hasta un máximo de 3 años. 

Para información adicional, acceda a: https://studentaid.gov/manage-loans/lower-payments/get-temporary-relief/forbearance (sólo en inglés). 

Razones por las cuales puedes solicitar una prórroga:

  • Problemas de salud y otras razones aceptables
  • Residencia médica o dental
  • Servicio voluntario - National Community Service
  • Dificultades económicas
  • Prorroga general
  • Prorroga por docencia

Planes de Pago

Un plan de pago es el acuerdo realizado entre el prestatario y la agencia administradora de préstamos sobre cuanto será el monto mensual que deberá pagarse y cuantos pagos mensuales serán necesario para saldar el préstamo estudiantil.

Existen varias opciones de pago diseñadas para cumplir con las necesidades individuales de los prestatarios. La agencia administradora de su préstamo(s) le puede explicar cuál es la mejor opción y determinará a cuál plan de pago podrá cualificar dependiendo en sus ingresos, dependientes y situación económica por la que esté pasando. Las opciones de pagos disponibles generalmente varían entre 10 y 25 años conforme al plan de pago que usted escoja. Puedes elegir con tu agencia de servicio entre planes que le dan un pago mensual fijo o planes de pago definido por los ingresos luego de completar el proceso de solicitud en su totalidad con los documentos solicitados por su agencia.

Planes de Pago Fijo

Los planes de pago mensuales determinan el monto fijo para pagar a raíz de la cantidad adeudada, su tasa de interés y un período de pago fijo. Los planes de pago fijo incluyen el:

  • Plan de Pago Básico Escalonado (aplica a préstamos desembolsados a partir del 1 de julio de 2026).
  • El pago mensual requerido se basará a partir de la cantidad del balance principal adeudado al momento de inscribirse en el plan, el porciento de interés en sus préstamos y el periodo de repago del programa.
  • El periodo de duración para el plan de pago será basado en la cantidad solicitada por el prestatario mientras estuvo matriculado.
Balance Principal Total de Préstamos EstudiantilesPeriodo de Repago Estipulado
Menor de $25,000 solicitados en préstamos estudiantiles10 años
Igual o mayor a $25,000 pero menor de $50,000 solicitados en préstamos estudiantiles15 años
Igual o mayor a $50,000 pero menor de $100,000 solicitados en préstamos estudiantiles20 años
Igual o mayor a $100,000 solicitados en préstamos estudiantiles25 años
  • Este será el único plan de pago basado en los ingresos elegible para préstamos solicitados posterior al 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Básico

  • El pago mensual será fijo con un máximo de 10 años para saldar el préstamo.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Gradual

  • Pagos escalonados bajos al principio y luego se incrementarán gradualmente conforme al balance total adeudado, hasta un máximo de 10 años para saldar el préstamo.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Ampliado

  • El pago mensual será fijo o gradual durante un periodo de pago más largo, reduciendo el pago mensual. Usualmente puede extenderse durante un periodo de 25 años para el saldo del préstamo estudiantil.
  • Para cualificar a este plan deberá haber solicitado más de $30,000 en Préstamos Directos Federales.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Si no elige un plan de pago y su préstamo se desembolsó a partir del 1 de julio de 2026, la entidad administradora de sus préstamos lo incluirá en el Plan de Pago Básico Escalonado (un plan de pago fijo a 10 años). Este plan puede resultar en un pago mensual mayor para usted.

Planes de Pago Definido por los Ingresos (IDR)

Los planes de pago definido por los ingresos (IDR) basan el monto de su pago mensual a partir del ingreso generado y el tamaño de su familia. Los planes de pago IDR deben ser recertificados anualmente.

Por otra parte, los balances pendientes pueden recibir una condonación si los préstamos no fueron repagados en su totalidad al finalizar los años de repago estipulados por su agencia de servicio. Los planes IDR son:

Plan de Ayuda para el Pago (RAP)

  • El pago mensual requerido se basará en el ingreso anual y cantidad de dependientes reclamados en planillas.
  • La cantidad del pago mensual bajo RAP será basada en un porcentaje del ingreso anual (usualmente el ingreso bruto ajustado) dividido entre 12. Luego, el pago mensual se reducirá por 50.00 por cada dependiente que sea reclamado en sus planillas federales o estatales.
  • Su pago mensual no podrá ser menor de $10.00 al mes.
  • El porcentaje de ingreso anual que se tome en consideración para el pago mensual podrá cambiar dependiendo del ingreso bruto ajustado; según presentado en la siguiente tabla:
Ingreso Bruto AjustadoPago Mensual Estimado
Menor de $10,000$120
Entre el rango de $10,000 hasta $20,0001% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $20,000 hasta $30,0002% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $30,000 hasta $40,0003% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $40,000 hasta $50,0004% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $50,000 hasta $60,0005% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $60,000 hasta $70,0006% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $70,000 hasta $80,0007% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $80,000 hasta $90,0008% del Ingreso Bruto Ajustado
Entre el rango de $90,000 hasta $100,0009% del Ingreso Bruto Ajustado
Más de $100,00010% del Ingreso Bruto Ajustado
  • Este será el único plan de pago basado en los ingresos elegible para préstamos solicitados posterior al 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Basado en los Ingresos (IBR)

  • Los pagos mensuales se basarán a partir del ingreso recibido en el hogar y el tamaño de familia.
  • Para determinar la cantidad mensual de su pago se tomará en consideración entre un 10% o 15% de su ingreso discrecional (dependiendo de cuando recibió sus primeros préstamos. Sin embargo, nunca se le establecerá un plan de pago más alto a lo que se pagaría en un Plan de Pago Básico a 10 años.
  • Periodo de repago puede variar entre 20 o 25 años dependiendo de la edad del préstamo.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Según Sus Ingresos (PAYE)

  • Para determinar la cantidad mensual de su pago se tomará en consideración el 10% de su ingreso discrecional, pero el pagaré mensual nunca será mayor de lo que pagaría bajo un Plan de Pago Básico a 10 años.
  • Periodo de repago será 20 años.
  • Prestatarios inscritos en este plan de pago deberán transicionar a un nuevo plan de pago a partir de Julio 2028.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Condicional al Ingreso (ICR)

  • Para determinar la cantidad mensual de su pago se tomará en consideración un 20% de su ingreso discrecional o la cantidad que se hubiera pagado en un plan de repago fijo a 12 años ajustado según su ingreso. Entonces, la cantidad a pagar será el pago estipulado menor de las 2 opciones anteriores.
  • Periodo de repago será 25 años.
  • Prestatarios inscritos en este plan de pago deberán transicionar a un nuevo plan de pago a partir de Julio 2028.
  • Para ser elegible a este plan no podrá haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, en o después del 1 de julio de 2026.

Si obtuvo préstamos estudiantiles previo al 1 de julio de 2026, podrá tener derecho para inscribirse en los Planes de Pago Basado en los Ingresos (IBR), Pago Condicional al Ingreso (ICR) y Pago Según Sus Ingresos (PAYE). De recibir un desembolso de préstamo estudiantil luego del 1 de julio de 2026 solo será elegible para inscribirse en el Plan de Ayuda para el Pago (RAP) En adición, la Ley One Big Beautiful Bill Act eliminará en el futuro los Planes ICR y PAYE; por lo cual se realizará un proceso de transferencia de planes de pago tan pronto se ejecute la medida.

*Nota: Si tiene al menos un préstamo desembolsado por primera vez al 1 de julio de 2026, o con posterioridad a dicha fecha, deberá pagar todos sus Préstamos de Direct Loan Program autorizados, incluidos los desembolsados antes del 1 de julio de 2026, conforme al Plan de Ayuda para el Pago (RAP) o al Plan de Pago Básico Escalonado.

*Nota: El Departamento de Educación de EE. UU. está implementando cambios significativos en los planes de pago para préstamos estudiantiles. Al momento se encuentran en proceso de actualizar la página de StudentAid.gov para incorporar estos cambios. Puede mantenerse informado sobre actualizaciones importantes mediante los siguientes enlaces.

Planes de pagos: https://studentaid.gov/es/manage-loans/repayment/plans  
Actualizaciones de la Ley OBBBA: https://studentaid.gov/es/announcements-events/big-updates 

Agencias de Préstamos

Administre sus Préstamos - Enlaces de ayuda importante

Si para acceder a la cuenta con su agencia de servicio necesita el FSA ID y no lo recuerda comuníquese con el Centro de Información sobre Ayuda Federal para Estudiantes (FSAIC) al 1-800-433-3243 para que le asistan o lo puede recuperar con las preguntas de seguridad al iniciar sesión bajo la página web https://studentaid.gov/

Wright International Student Services (WISS)

Wright International Student Services (WISS) es una compañía contratada por la Universidad Ana G. Méndez (UAGM) como apoyo a las instituciones para el manejo del incumplimiento del Programa de Préstamo Estudiantil.  

Compañía fundada en 1992
Ubicada: 6405 Metcalf Ave Suite 504
Shawnee Mission, KS 66202
Teléfono: 1-800-257-4757
Página Web (sólo en inglés): https://www.studentservicesint.org/students

Servicios que ofrece WISS a los estudiantes de la Universidad Ana G. Méndez (UAGM).

  • Comunicados de cartas, llamadas y emails a estudiantes en atraso de préstamos estudiantiles.
  • Orienta a los estudiantes las diferentes opciones de planes de pagos de préstamos disponibles por el Departamento de Educación Federal.
  • Asiste al estudiante en el envío de diferimientos y prórrogas dando seguimiento hasta que es aprobado por la agencia.

Oficiales de Manejo y Prevención en Incumplimiento de Préstamos

InstituciónNombreTeléfonoCorreo electrónico
CarolinaVincent G. Fuentes Toste787-253-7373, ext. 3475vifuentes@uagm.edu
 Kiara Villafañe González787-253-7373, ext. 3787kivillafane@uagm.edu
CupeyRaúl A. Reyes Vázquez787-766-1717, ext. 3548rreyesv@uagm.edu
GuraboJulia H. Toledo Hernández787-743-7979, ext. 3896ut_jtoledo@uagm.edu
 Juanita Santiago Jiménez787-743-7979, ext. 3585

ut_jsantiago@uagm.edu